Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 491/2002-R
Fecha: 30-Abr-2002
8) El Oficial de Diligencias informó en 9 de febrero del presente año
8) El Oficial de Diligencias informó en 9 de febrero del presente año (fs. 179), que habiéndose constituido en el inmueble adjudicado al Banco coactivante, constató que “no existe ninguna persona habitando físicamente la propiedad”. Ante la reiterada solicitud del Banco, el Juez dispuso se libre mandamiento de desapoderamiento por decreto de 9 de febrero (fs. 181), emitiéndose el mismo el 13 del mismo mes, siendo ejecutado el 1 de marzo a horas 11:30, expresando que en la propiedad encontró a dos personas, quienes al ser informadas de la ejecución de desapoderamiento, desocuparon el inmueble sin ofrecer ningún tipo de resistencia.
- VISTOS:
- 1.
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- a)
- Fragmento 7
- 3.
- 4.
- 5)
- 8) El Oficial de Diligencias informó en 9 de febrero del presente año
- 9) A fs. 187 cursa el memorial presentado el 1 de marzo a horas 16:42 por Jalal Ahmad Yusuf Dames por el que hace conocer al Juez del proceso la interposición del Amparo Constitucional en su contra
- 10)
- 11)
- 12)
- CONSIDERANDO:
- el recurrente en ningún momento dedujo oposición contra el desapoderamiento,
- y particularmente, 871/01-R, 076/02-R.
- POR TANTO: