Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 491/2002-R
Fecha: 30-Abr-2002
Fragmento 4
De acuerdo a lo expuesto, estima que el Juez recurrido emitió el mandamiento de desapoderamiento sin haberse munido de la documentación que ubique en forma exacta la propiedad objeto de tal medida y desconoció su derecho propietario sin haber sido vencido en proceso, lo que conlleva la conculcación de sus derechos a la defensa y al debido proceso, consagrados en el art. 16 de la Constitución Política del Estado, por lo que interpone Recurso de Amparo Constitucional, pidiendo sea declarado procedente, se deje sin efecto el mandamiento de desapoderamiento y “se le restituya en el uso y goce pleno del bien inmueble rústico denominado Palestina”.
- VISTOS:
- 1.
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- a)
- Fragmento 7
- 3.
- 4.
- 5)
- 8) El Oficial de Diligencias informó en 9 de febrero del presente año
- 9) A fs. 187 cursa el memorial presentado el 1 de marzo a horas 16:42 por Jalal Ahmad Yusuf Dames por el que hace conocer al Juez del proceso la interposición del Amparo Constitucional en su contra
- 10)
- 11)
- 12)
- CONSIDERANDO:
- el recurrente en ningún momento dedujo oposición contra el desapoderamiento,
- y particularmente, 871/01-R, 076/02-R.
- POR TANTO: