Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 535/2002-R
Fecha: 13-May-2002
04 de febrero de 2002
Que el Juez recurrido, por Auto de 04 de febrero de 2002, pronuncia el Auto Final de la Instrucción y dispone el procesamiento de Martha Julia Román Céspedes y otros, disponiéndose se libre mandamiento de detención formal en su contra (así como de los otros), para ser puestos a disposición del Juez de Partido en lo Penal de Turno.
Que este Tribunal, ha entendido que la protección que brinda el Recurso de Hábeas, en cuanto al debido proceso se refiere, abarca aquellos supuestos en los que está vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, así en Sentencia Constitucional 290/2002-R, entre otras, ha dispuesto que:
- Vistos:
- Considerando:
- no presentó querella
- Fragmento 4
- proceso investigativo debió ser sometido a las normas del nuevo procedimiento penal
- a)
- IMPROCEDENTE
- 01 y 09 de febrero de 2001
- remitiendo las diligencias y requerimiento a conocimiento de la Autoridad judicial el 20 de junio de 2001
- en 04 de febrero de 2002
- todas las denuncias o querellas en trámite en la Policía Técnica Judicial o Fiscalía, anteriores a la vigencia plena del NCPP y que
- 20 de junio de 2001
- 04 de febrero de 2002
- mandamiento de detención formal
- Por tanto: