Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 830/2002-R
Fecha: 15-Jul-2002
2.
2. Que, para que respondan a dichas denuncias, el 19 de octubre de 2001, se expidieron ordenes de citaciones para Wagner y Ulises Canhedo las cuales fueron representadas al día siguiente por el investigador asignado, quien al reverso dejó sentado que los denunciados fueron buscados en lugares públicos y privados, como también en las oficinas del LAB, pero sin ser encontrados, por lo que solicitó mandamientos de aprehensión (fs. 41 y vta., 42 y vta.), siendo éstos expedidos el 22 del mismo mes y año (fs. 39, 40), fecha en la cual el Diputado Gonzalo Maldonado Rojas presentó querella contra los nombrados y otros, indicando como domicilio de los mismos las reparticiones del L.A.B (fs. 80-85).
- VISTOS:
- CONSIDERANDO:
- a)
- (fs. 93-94)
- procedente
- 1.
- 2.
- 3.
- 4.
- 5.
- no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado el derecho a la libertad personal o de locomoción
- no se indicó domicilio en la República del Brasil
- POR TANTO: