SENTENCIA CONSTITUCIONAL 830/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 830/2002-R

Fecha: 15-Jul-2002

procedente

Que, concluida la audiencia pública, el Tribunal del Recurso en desacuerdo con el requerimiento fiscal declaró procedente el Hábeas Corpus disponiendo la regularización del procedimiento, con los siguientes fundamentos: 1) que no se cumplieron las formalidades de los arts. 5, 97 y 145 del Código de Procedimiento Penal, lo cual ha dado lugar a la vulneración del art. 16-II de la Constitución como también al derecho al debido proceso; en consecuencia, la investigación estuvo viciada desde el principio y durante todo su desarrollo, mas aún cuando el propio recurrido Jaime García en diferentes actuados señala la dirección del domicilio de los denunciados en Sao Paulo; 2) que al no suspender la declaratoria de rebeldía la prosecución penal y estando relacionados directamente con la libertad de los denunciados, corresponde que las actuaciones sean reencausadas y  3) que en cuanto al trámite de extradición no corresponde pronunciamiento, sino a la Corte Suprema de Justicia.