SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 892/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 892/2002-R

Fecha: 29-Jul-2002

la cual, a más,  de acuerdo al Auto de 13 de mayo de 2002 (fs. 33), ha sido apelada por los propios recurrentes y la parte adversa y se encuentra pendiente de resolución.

Es necesario advertir que existe incoherencia entre lo solicitado en el memorial de demanda de Amparo y  el petitorio formulado en la audiencia, pues en aquélla los actores se refieren exclusivamente al embargo, remate y orden de entrega de los bienes muebles que  reclaman  como suyos,  y en ésta, expresan que "el acto ilegal cometido por el Juez es haber dictado el Auto de 3 de abril  del presente año y haber ordenado el desapoderamiento…siendo que tienen el derecho de usufructo en el inmueble dado en garantía", sin que hayan presentado,  cual era su carga, la referida Resolución de 3 de abril, la cual, a más,  de acuerdo al Auto de 13 de mayo de 2002 (fs. 33), ha sido apelada por los propios recurrentes y la parte adversa y se encuentra pendiente de resolución.