Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1020/2002 - R
Fecha: 22-Ago-2002
(74-77)
A su turno el apoderado y abogado del recurrido Superintendente de Bancos y Entidades Financieras presentó informe por escrito (74-77) en el cual, se exponen los mismos argumentos del informe presentado por el co-recurrido, agregándose que la circular expedida por la Superintendencia no es recurrible por disposición del art. 28 del DS 25207, de 23 de octubre de 1998.
- Nenad Matkovic Vranjican, en representación legal de la empresa Industrias Oleaginosas (I.O.L.) S.A.
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- contra Eduardo Zegada, Presidente Ejecutivo del Directorio de Impuestos Nacionales y Luis Fernando Calvo, Superintendente de Bancos y Entidades Financieras
- (fs. 39-42)
- (74-77)
- II. 2
- II.3
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- III.6
- III.7