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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1020/2002 - R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1020/2002 - R

    Fecha: 22-Ago-2002

    III.6

    III.6   Que, los derechos previstos, en los incs. c) y d) del art. 7 CPE, tampoco han sido vulnerados, puesto que con la solicitud y circular emitidas por las entidades representadas por los recurridos, no se está impidiendo que Industrias Oleaginosas S.A. se asocie o deje de asociarse y menos que desarrolle su actividad comercial.  

    • Nenad Matkovic Vranjican, en representación legal de la empresa Industrias Oleaginosas (I.O.L.) S.A.
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
    • contra Eduardo Zegada, Presidente Ejecutivo del Directorio de Impuestos Nacionales y Luis Fernando Calvo, Superintendente de Bancos y Entidades Financieras
    • (fs. 39-42)
    • (74-77)
    • II. 2
    • II.3
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • III.4
    • III.5
    • III.6
    • III.7

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