SENTENCIA CONSTITUCIONAL 969/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 969/2002-R

Fecha: 13-Ago-2002

III.1

III.1    Dentro del Recurso planteado se ha cuestionado el Auto Supremo de 8 de febrero de 2002, pronunciado por la Sala Plena de la Corte Suprema por el cual se instruye sumario penal contra Luis del Río Chávez -representado por el recurrente-, particularmente la aplicación del art. 272 del Código de Procedimiento Penal de 1972 que por su concordancia directa con el art. 118-6) de la Constitución Política del Estado que señala el procedimiento a seguirse "en causas de responsabilidad penal seguidas a requerimiento del Fiscal General de la República", resulta imprescindible, en el caso planteado, referirse al principio de primacía constitucional establecido en el art. 228 de la Ley Fundamental cuando expresa: "La Constitución Política del Estado es la Ley Suprema del ordenamiento jurídico nacional. Los tribunales, jueces y autoridades la aplicarán con preferencia a las leyes y éstas con preferencia a cualesquiera otras resoluciones".