Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 983/2002-R
Fecha: 16-Ago-2002
II.14. Los memoriales
II.14. Los memoriales de 17 de abril (fs. 243), por el que Jorge Carrasco Jahnsen solicitó fotocopias legalizadas de todo lo obrado y la devolución de objetos personales de la víctima; de 3 de mayo (fs. 245), por el que el imputado designó perito en explosivos; 29 de abril (fs.246), para la entrega de prendas personales de María Teresa Guzmán de Carrasco;17 de mayo (fs. 247) y 27 de mayo (fs. 248 y 249), pidiendo fotocopias legalizadas del cuaderno de investigación; de 29 de mayo (fs. 250), para la extensión de fotocopia legalizada de la certificación de la Médica Forense, fueron todos debidamente proveídos por la Fiscal recurrida, dando curso a lo solicitado por el imputado.
- María Teresa Montaño Ferrufino, Áurea Miranda López y Eduardo Pizzani Vergara en representación de Jorge Carrasco Jahnsen contra Yhilka Fátima Hinojosa Fernández, Fiscal de Materia
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- II.14. Los memoriales
- III.1.
- III.2
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7
- III.8.
- Fragmento 23