Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 983/2002-R
Fecha: 16-Ago-2002
II.7.
II.7. De acuerdo a la documental de fs. 241 a 243, en 4 de junio de 2002, el profesional Guiomar H. Bejarano Gerke efectuó exámenes psicológicos en la persona de Jorge Carrasco Jahnsen, que no pudieron ser concluidos al haberse presentado en la Penitenciaría de San Pedro, la abogada María Teresa Montaño, defensora del imputado, e impedido que continúen los mismos.
- María Teresa Montaño Ferrufino, Áurea Miranda López y Eduardo Pizzani Vergara en representación de Jorge Carrasco Jahnsen contra Yhilka Fátima Hinojosa Fernández, Fiscal de Materia
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- II.14. Los memoriales
- III.1.
- III.2
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7
- III.8.
- Fragmento 23