Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 985/2002-R
Fecha: 16-Ago-2002
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
Con esos antecedentes plantea recurso de amparo constitucional contra Guido Chávez Méndez, Consejero de la Judicatura, Héctor Javier Miranda, Director de la Unidad de Régimen Disciplinario y Orlando Lizarazu, Delegado Distrital Administrativo a.i. del Consejo de la Judicatura y pide se declare procedente su Recurso y se anule y deje sin efecto la Resolución URD 319/02 de 21 de mayo de 2002, por consiguiente el memorando DD/CJ 69/02 de 05 de junio de 2002, que ilegalmente disponen su destitución sin previo proceso.
- Ruth Flores Machado
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente violados.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
- a)
- PROCEDENTE
- II.3.
- II.4.
- Oficiales de Diligencias, son funcionarios permanentes
- contrato de prestación de servicios a plazo fijo
- funcionarios judiciales permanentes