SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1040/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1040/2002-R

Fecha: 02-Sep-2002

III.2.

III.2.  Que el Tribunal de Amparo, funda la determinación de la improcedencia del Recurso también en la previsión contenida en el art. 96-II de la Ley 1836, en razón de que, con anterioridad, se interpuso un recurso constitucional con identidad de sujeto, objeto y causa; apreciación que, en el presente caso, no es posible considerarla por las razones que se exponen seguidamente.