Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1050/2002 - R
Fecha: 02-Sep-2002
procedente
Concluida la audiencia la Sala Penal Primera de la Corte Superior de La Paz de acuerdo con el dictamen Fiscal, declaró procedente el recurso con los fundamentos siguientes: a) que la suspensión prevista por el art. 174 LM, está sujeta al procedimiento del art. 51 LM y b) que los recurridos, se han excedido al aplicar la Ley de Administración y Control Gubernamentales, pues luego de una “rápida investigación” realizada por la Comisión de Ética, no concluyeron el trámite e inmediatamente determinaron la suspensión contraviniendo la Ley 1178.