Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1080/2002-R
Fecha: 10-Sep-2002
II.6.
II.6. De acuerdo al acta de audiencia de apertura de los debates, efectuada el 9 de noviembre de 2001 (fs. 29), la defensora de oficio protestó, en ese acto, hacer llegar las pruebas pertinentes en el período de los debates. Al finalizar ese acto, la Jueza Shirley Fátima Becerra Vaca, Novena de Instrucción en lo Penal, señaló “audiencia de debates, clausura de los debates, lectura de prueba instrumental y formulación de conclusiones para el día lunes 7 de enero a hrs., 17:00” (sic).
- Gilberto Gómez Chávez
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio.
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III.1.
- se tendrá por no existente e igualmente el procedimiento que la hubiere declarado”
- III.3.
- haber sido oído y juzgado en proceso legal;
- III.5.
- POR TANTO: