SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1091/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1091/2002-R

Fecha: 13-Sep-2002

II.4

II.4     En el plenario, el Juez de Partido recurrido fijó audiencia de confesión del recurrente (fs. 99), cursando la representación del Oficial de Diligencias  en sentido de no haber podido  notificar al defensor oficial por desconocer su  domicilio (fs. 100), por lo que el juzgador ordenó su citación  mediante cédula (fs. 100) y posteriormente, por auto de 22 de junio de 2001,dispuso la citación  del recurrente por edictos( fs. 103), para finalmente declarar su rebeldía mediante auto dictado en la audiencia de 20 de agosto de 2001  (fs. 108).