Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1094/2002-R
Fecha: 13-Sep-2002
III.2.
III.2. El presente recurso ha sido planteado por el actor alegando que: a) los recurridos, al determinar su baja definitiva de la ANAPOL, han aplicado en forma ilegal las normas del Reglamento de Evaluación del Comportamiento y Régimen Disciplinario de la Institución, y le han impuesto una sanción que no corresponde; b) el Tribunal Disciplinario y el Consejo Consultivo no estuvieron constituidos de acuerdo a normas legales para imponerle la sanción; c) se ha vulnerando su derecho a la educación y adquirir cultura y el principio de presunción de inocencia.
- Eynarth Roger Tavel Suárez,
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso.
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.3
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- sobre la base de su Reglamento de Régimen Interno, podrán determinar el retiro
- III.4.
- III.5. Sin embargo, el art. 54-a) de la Ley Orgánica de la Policía Nacional
- III.6.
- III.7.
- III.8.
- III.9.
- POR TANTO: