Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1094/2002-R
Fecha: 13-Sep-2002
III.4.
III.4. El Reglamento de Evaluación del Comportamiento y Régimen Disciplinario, aprobado por Resolución del Comando General de la Policía Nacional 475/94 de 28 de diciembre de 1994, en su art. 34 enumera las faltas gravísimas o de tercer grado, cuyo inciso “B”-N.18 -por la que fue sancionado el recurrente- indica: “engañar durante los exámenes, copiando las respuestas o utilizando cualquier medio de fraude”. El inciso “B”-M.18 del mismo art. 34, establece como falta gravísima “suplantar jerarquía como superior”, siendo ésta la conducta por la que fué sancionado Freddy Álvaro Saenz Flores.
- Eynarth Roger Tavel Suárez,
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso.
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.3
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- sobre la base de su Reglamento de Régimen Interno, podrán determinar el retiro
- III.4.
- III.5. Sin embargo, el art. 54-a) de la Ley Orgánica de la Policía Nacional
- III.6.
- III.7.
- III.8.
- III.9.
- POR TANTO: