SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1094/2002-R
Fecha: 13-Sep-2002
III.3.
III.3. El nuevo Sistema Educativo Policial ha sido aprobado por Resolución del Comando General de la Policía Nacional 370/95 de 4 de diciembre de 1995 y posteriormente, por Resolución Suprema 216603 de 25 de enero de 1996. Este Sistema crea la Facultad de Ciencias Policiales, con sus niveles de: Formación, compuesto por el Centro de Formación y Capacitación Policial (CEFOCAP) y la Academia Nacional de Policías (ANAPOL) y su nivel de post grado, conformado por la Escuela de Especialización y la Escuela Superior de Policías, con sus Cursos de Administración y Estado Mayor y el Curso Comando y Alta Dirección.
Dicho Sistema es el conjunto de principios, normas, condiciones y criterios académicos que dirigen, coordinan y regulan las actividades de las unidades de educación superior de la Policía Nacional. Tiene su propia estructura organizacional, dependiendo del Comando General de la Policía Nacional, luego se encuentra la Dirección Nacional de Instrucción y Enseñanza, de la que dependen los Departamentos Nacionales Académico, de Investigación y Planificación, de Evaluación y Supervisión, y Administrativo. El Instituto Superior de Ciencias Policiales depende de la Dirección Nacional de Instrucción y Enseñanza, y de él dependen el Centro de Formación y Capacitación Policial, la Academia Nacional de Policías y la Escuela Superior de Policías.
- Eynarth Roger Tavel Suárez,
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso.
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.3
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- sobre la base de su Reglamento de Régimen Interno, podrán determinar el retiro
- III.4.
- III.5. Sin embargo, el art. 54-a) de la Ley Orgánica de la Policía Nacional
- III.6.
- III.7.
- III.8.
- III.9.
- POR TANTO: