SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1155/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1155/2002-R

Fecha: 23-Sep-2002

Complejo Hospitalario Viedma

            Que, el Complejo Hospitalario Viedma es un Hospital de tercer nivel y cuenta con un directorio responsable de manejar recursos humanos, financieros y materiales compuesto por representantes de la Alcaldía Municipal de Cercado, Prefecto del Departamento, Director del SEDES, U.M.S.S. y Comité Cívico, conforme establecen los arts. 5 inc. d) in fine del D.S. 25233 y 12 y 13 de  su Estatuto Orgánico.

Que, en la especie, el recurrente en 10 de enero de 2001 ganó un concurso de méritos como Profesional Especialista en la Unidad de Gestión y Reforma del Complejo Hospitalario Viedma, dependiente del SEDES, asignándole el ítem 6754. Con posterioridad, en 20 de marzo de 2001 el Director del SEDES recurrido, en cumplimiento a la normativa legal, hace llegar a los ejecutivos del Complejo Viedma para su administración la planilla presupuestaria de todo el recurso humano, en el que se verifica que se transfiere el ítem 6754, que se encontraba con el nombre del recurrente.