Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1155/2002-R
Fecha: 23-Sep-2002
II.6.
II.6. Que, el recurrente en 17 de junio de 2002 pide a la autoridad recurrida subsanar la equivocación, de haber incluido el ítem 6754 en la convocatoria a concurso de méritos (fs. 50). La autoridad recurrida mediante oficios de 11 y 18 de julio de 2002 responde en sentido de que antes de dar una respuesta, remita documentación pertinente (fs. 69 y 71).
- Jaime Fernando Montaño del Granado
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente violados.
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Director Técnico del SEDES de administrar recursos
- Complejo Hospitalario Viedma
- recurrente
- Director del SEDES