SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1155/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1155/2002-R

Fecha: 23-Sep-2002

Director Técnico del SEDES de administrar recursos

Que, los servicios de salud se prestan mediante establecimientos estructurados por niveles de atención, teniendo competencia el Director Técnico del SEDES de administrar recursos físicos y financieros, así como al personal (contratos, remuneraciones, promociones, retiros) de las oficinas distritales y establecimientos del primer y segundo nivel de atención, como establece el art. 9 incs. k) y n) del D.S. 25233, de 27 de noviembre de 1998.