Que, en este sentido y dando por correcta la actuación de tribunales o jueces de alzada, en cuanto a la atribución fiscalizadora este Tribunal se ha pronunciado en otras problemáticas así la SC 1101/2000-R de 22 de noviembre:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Que, en este sentido y dando por correcta la actuación de tribunales o jueces de alzada, en cuanto a la atribución fiscalizadora este Tribunal se ha pronunciado en otras problemáticas así la SC 1101/2000-R de 22 de noviembre:

Fecha: 08-Ene-2003

Carlos Werner Sikerle Landivar

En revisión la Resolución de 25 de octubre de 2002, cursante de fs. 416 vta. a 417, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz  dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Carlos Werner Sikerle Landivar contra Hernán Cortez Castillo y Juana Molina Paz de Paz, vocales de la Sala Civil Primera de la misma Corte; alegando vulneración de  los derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso, previstos en los arts. 7-a) y 16 de la Constitución Política del Estado (CPE).