SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0064/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0064/2003-R

Fecha: 20-Ene-2003

a)

La Jueza recurrida, en el informe escrito que corre a fs. 42 y 43, sostiene lo siguiente: a) por Auto de 14 de octubre de este año, en suplencia del Juzgado Octavo de Partido en lo Civil, desestimó la solicitud de ejecución inmediata del Laudo Arbitral de 5 de septiembre de 2002, formulada por el Consorcio recurrente, por  constar de antecedentes que dicho Laudo fue objeto de una demanda de nulidad, prevista por el art. 745 CPC, que debe culminar con una resolución sobre la validez o nulidad del mencionado Laudo; b) del acta de sesión 003/2002 de 20 de junio, se establece que las partes acordaron que, una vez emitido el Laudo, podrían aplicar, si creyeren conveniente a sus intereses, el procedimiento establecido por el art. 745 CPC; c) no ha conculcado ningún derecho del Consorcio demandante. Pidió se declare improcedente el recurso.