SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0064/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0064/2003-R

Fecha: 20-Ene-2003

IMPROCEDENTE

La Sentencia 53/2002 de 15 de noviembre de 2002, cursante a fs. 46 y 47, dictada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declara IMPROCEDENTE el recurso, con estos fundamentos: 1)  como dispone el art. 1486 Ccom en todo asunto no previsto por esas normas, se deberá estar  a lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil, que en sus arts. 573 y siguientes contempla los recursos a interponerse en caso de no estar de acuerdo con el Laudo Arbitral, y en el caso concreto, en la sesión 003/2002 de 20 de junio, las partes se reservaron el derecho de aplicar el laudo Arbitral si lo creyeren justo a sus intereses; 2) “es completamente distinto el procedimiento aplicable al caso de una cuestión sujeta a la decisión de árbitros o amigables componedores y a una transacción, esta última al ser el resultado de un acuerdo al que arriban las  mismas partes, puede reputarse como una sentencia pronunciada por ellas mismas”; 3) “el hecho de haberse impugnado los fallos arbitrales por la vía ordinaria, encontrándose el respectivo proceso en trámite, suspende la ejecución de dichos fallos arbitrales, ya que ésta, se halla condicionada a la certeza y efectividad de la demanda planteada, por lo que la Juez recurrida al haber negado proceder a ejecutarlos, ha obrado con apego a la ley” (sic)