Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0131/2003-R
Fecha: 31-Ene-2003
II.6.
II.6. El 22 de octubre de 2002, el condenado pidió el beneficio de suspensión condicional de la pena, a la cual la juzgadora dio curso señalando audiencia para el efecto y dejando sin efecto la orden de emisión del mandamiento de cumplimiento de condena, petición que se encuentra en trámite al no haberse presentado el representado del recurrente a la audiencia señalada (fs. 111).
- Rocío Peñaranda Gamarra en representación de Im Jin Shim
- I.1.1
- I.1.3.
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe del recurrido
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- a)
- III.1.
- III.2.
- se tendrá por no existente e igualmente el procedimiento que la hubiere declarado”
- no ha sido juzgada en proceso legal.
- haber sido oído y juzgado en proceso legal;
- III.3
- III.4.
- III.5.