SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1552/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1552/2003-R

Fecha: 30-Oct-2003

improcedente

Concluida la audiencia el Juez de hábeas corpus pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso,  manteniendo inalterable las actuaciones del proceso laboral, disponiendo se suspenda momentáneamente la ejecución del mandamiento de apremio además de ordenarse la inmediata remisión de los cuadernos de apelación para que los recursos pendientes sean resueltos por el tribunal superior, con los siguientes fundamentos: 1) a pesar de los recursos de apelación interpuestos relativos a la prescripción y otras cuestiones, el Juez recurrido en uso de sus atribuciones y en ejecución de sentencia  la que no puede suspenderse por ningún recurso ordinario o extraordinario y tratándose de beneficios sociales  tenía que librar el mandamiento de apremio; 2) la suma consignada en el referido mandamiento es la correcta, pues el primero que se libró no se ejecutó y en su reemplazo se expidió el ahora cuestionado; 3) si bien la boleta de garantía presentada por la empresa demandada está condicionada en su ejecución a que las apelaciones interpuestas sean resueltas y se ejecutoríen no es menos cierto que con ella la parte demandada está garantizando el cumplimiento del pago, por ello para evitar complicaciones y sin que implique desconocer derechos de los demandantes que por ley les corresponde, al haberse cancelado ya a una parte de los ex trabajadores siendo este un segundo grupo que lo solicitan, es prudente esperar conocer previamente el resultado de los recursos de apelación lo más pronto posible.