Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 96/2003
Fecha: 09-Oct-2003
DECLARAR
El Tribunal Constitucional, ejerciendo la jurisdicción que le confieren los artículos 120.6ª de la Constitución Política del Estado, 7-6ª, 79 LTC, resuelve DECLARAR INFUNDADO el recurso directo de nulidad formulado por Alberto Pozo Vedia, con costas y una multa de Bs100.- a la parte recurrente, que deberán ser depositados a la orden del Tesoro Judicial dentro de tercero día de su legal notificación con el presente fallo.
- Alberto Pozo Vedia
- b)
- c)
- d)
- a)
- e)
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- se inicia a denuncia presentada directamente ante la autoridad competente
- III.4.
- cesaran en el ejercicio de sus funciones por haber cumplido el periodo para el cual fueron designados de acuerdo a Ley
- DECLARAR