SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1586/2003-R
Fecha: 10-Nov-2003
a)
a) Respecto a la falta de imputación, la fiscal recurrida hizo uso del segundo apartado del art. 301 CPP, es decir, ordenó la complementación de la investigación por tres meses a partir del 17 de abril de 2003, habiendo incurrido en negligencia al no actuar en una de las formas establecidas por ley, pese al tiempo transcurrido, coartando el derecho sagrado a la defensa y al futuro debido proceso, si existe.
Las recurrentes alegan que las autoridades demandadas hubieran vulnerado los derechos a la presunción de inocencia y al debido proceso de sus representados, bajo los siguientes argumentos: a) el operativo aduanero efectuado el 12 de abril a cargo de los funcionarios del COA, significó el allanamiento de una propiedad sin orden judicial y en ausencia de fiscal; b) transcurridos tres meses por la ampliación arbitraria e ilegal de la investigación, la fiscal recurrida no emitió requerimiento en una de las formas establecidas por el art. 301 CPP; c) no se atendió la solicitud de devolución de mercadería bajo el argumento de que las facturas presentadas como descargo carecían de validez. Por consiguiente, corresponde analizar si los hechos denunciados se encuentran dentro del ámbito de protección otorgado por el art. 19 CPE.
- amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- Wilmer Helguero Nava-Morales, en su condición de abogado de la Unidad Legal de la Aduana Regional Santa Cruz
- Juan José Zehl García, Gerente Regional de la Aduana Interior Santa Cruz
- Roxana Nogales Escobar, Técnico Aduanero II
- Carlos Alberto Paz Paz, Jefe de la Unidad Legal de la Aduana Regional Santa Cruz
- La fiscal de Materia recurrida, Mónica von Borries Orias
- a)
- II.1
- II.4
- II.5
- actúan siempre bajo control jurisdiccional
- III.2 Con relación a la no devolución de mercadería incautada.
- III.3 Inexistencia de legitimación pasiva.