Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1586/2003-R
Fecha: 10-Nov-2003
II.5
II.5 El 15 de mayo de 2003, las recurrentes solicitaron al Juez de Instrucción 4to en lo penal, a cargo del control jurisdiccional de la investigación, la entrega de la mercadería, con el fundamento de que el operativo aduanero se produjo de manera ilegal (fs. 65-66). El juez cautelar pidió informe a la fiscal recurrida, quien lo presentó el 20 de mayo de 2003 (504-505), y fue puesto en conocimiento de la parte investigada - ahora recurrente- (fs. 505) sin que conste en antecedentes un pronunciamiento judicial al respecto.
- amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- Wilmer Helguero Nava-Morales, en su condición de abogado de la Unidad Legal de la Aduana Regional Santa Cruz
- Juan José Zehl García, Gerente Regional de la Aduana Interior Santa Cruz
- Roxana Nogales Escobar, Técnico Aduanero II
- Carlos Alberto Paz Paz, Jefe de la Unidad Legal de la Aduana Regional Santa Cruz
- La fiscal de Materia recurrida, Mónica von Borries Orias
- a)
- II.1
- II.4
- II.5
- actúan siempre bajo control jurisdiccional
- III.2 Con relación a la no devolución de mercadería incautada.
- III.3 Inexistencia de legitimación pasiva.