SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1635/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1635/2003-R

Fecha: 17-Nov-2003

II.4.

   II.4. Por Auto Motivado 52/2003 de 12 de junio de 2003 (fs. 16 a 18) el Juez co-recurrido Sexto de Instrucción en lo Penal de la ciudad de El Alto, rechazó la petición de incautación formulada por el actor, exponiendo los hechos sin fundamento legal alguno, y conminando a los procesados a regularizar su situación comercial inscribiéndose en la Dirección General de Sustancias Controladas en un término de veinte días.

            Mediante Resolución 162/2003 de 30 de julio de 2003 (fs. 19) la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz -ahora demandada- declaró improcedente la apelación incidental planteada por el recurrente contra el citado Auto Motivado, aduciendo no ser admisibles los fundamentos de su recurso, dado que el Juez a quo valoró debidamente las omisiones incurridas por los imputados respecto a su obligación de registrar sus actividades.