SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1641/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1641/2003-R

Fecha: 17-Nov-2003

contra los actos consentidos libre y expresamente

En consecuencia, al no haber utilizado oportunamente los recursos ordinarios otorgados por ley para la defensa de los derechos y garantías reclamados como lesionados, los actores y sus representados dejaron precluir su derecho, aceptando tácitamente los términos y condiciones publicados y que fueron de su conocimiento, al igual que los resultados de la convocatoria, extremo que determina la aplicación de lo previsto en el art. 96 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) cuyo inc. 2) establece la improcedencia del recurso de amparo constitucional: Cuando se hubiere interpuesto anteriormente un recurso constitucional con identidad de sujeto, objeto y causa y contra los actos consentidos libre y expresamente o cuando hubieren cesado los efectos del acto reclamado”.