SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1695/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1695/2003-R

Fecha: 24-Nov-2003

Fragmento 17

            En cumplimiento de este precepto legal y de los arts. 273, 275 y 278 del Reglamento de la LGA, el Administrador de la Aduana Regional de Cobija expidió la Resolución 027/2003, de 7 de julio, por la que se declaró el abandono de los vehículos reclamados por la recurrente y se dispuso el comiso definitivo de los mismos para su remate en subasta pública. Por consiguiente, al haberse actuado dentro del marco normativo vigente, no existe violación alguna al debido proceso y menos, al derecho a la propiedad privada, pudiendo la parte recurrente acudir con su reclamo ante la autoridad competente dentro del proceso aduanero respectivo y no por la vía del recurso de amparo, que en virtud del principio de subsidiariedad, no se activa en este caso.