SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1732/2003
Fecha: 28-Nov-2003
improcedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo, de acuerdo con el dictamen Fiscal, declaró improcedente el recurso, sin costas ni multa, con los fundamentos siguientes: a) que, se notificó legalmente con la demanda laboral a la entidad demandada, la que no ejercitó, pese a tener conocimiento del proceso, ningún acto de defensa o solicitud de inhibitoria ni declinatoria, habiendo en forma voluntaria y desidiosa provocado su propia indefensión, b) que, por lo relacionado, el recurso ingresa en el campo de la improcedencia por no haberse usado en forma oportuna los recursos que la ley franquea, máxime si en materia laboral la normativa es privilegiada en su aplicación procesal, c) que, se evidencia además la causal de improcedencia por la existencia de actos consentidos libre y expresamente.