SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1622/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1622/2003-R

Fecha: 10-Nov-2003

II.4

II.4     Que el 15 de abril de 2003, María Antonieta Pizza Bilbao de D'Darío, por intermedio de su abogada defensora ofrece prueba de descargo, la misma que es aceptada por decreto de 16 de abril (fs. 13 y vta.), contra el cual el querellante interpone recurso de reposición alegando encontrarse firmado solo por la abogada sin contar con mandato; al mismo tiempo argumentar que la notificación fue hecha en la dirección donde funciona la presidencia del Colegio Nacional de Abogados por haberse cometido en esa el delito denunciado, no siendo válida la representación de la Central de Notificaciones de 17 de abril de 2003 (fs. 85 y vta.), en cuyo mérito, por Auto de 28 de abril de 2003 se revoca el proveído de 16 de abril que aceptaba el ofrecimiento de prueba de descargo, y mantiene la orden de notificación mediante exhorto, con el rechazo de la nulidad de obrados (fs. 86 a 88). En cuyo mérito el 8 de mayo de 2003, el Juez Primero de Sentencia en lo Penal emite exhorto suplicatorio para que se practique la referida notificación.