SENTENCIA CONSTITUCIONAL 113/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 113/2003

Fecha: 02-Dic-2003

En estas sesiones, sólo se considerarán los asuntos específicos consignados en la convocatoria

              “Sesiones extraordinarias son aquellas que tienen lugar por convocatoria expresa y fuera del período ordinario de sesiones del Congreso Nacional, de conformidad al artículo 47 de la Constitución Política del Estado. En estas sesiones, sólo se considerarán los asuntos específicos consignados en la convocatoria”.