SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1756/2003-R
Fecha: 01-Dic-2003
improcedente
Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia la Resolución 05/2003 que declara improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) la primera imputación formal se refiere a que el recurrente hubiese suplantado firmas y rúbricas de dos personas, en sendos documentos de denuncia contra Nelson Molina Avilés ante el Consejo de la Judicatura; 2) posteriormente, el 17 de marzo de 2003, en ocasión de la realización de una audiencia de cesación de la detención preventiva, el recurrente presentó como prueba un documento privado con reconocimiento de firmas inexistentes y en un papel sellado de fecha posterior a la suscripción del documento incurriendo en un nuevo hecho penal diferente, pero tipificado en el mismo art. 203 CP, por lo que el representante del Ministerio Público ha actuado correctamente en cumplimiento de sus obligaciones al ampliar la imputación formal, existiendo un caso de conexitud de delitos conforme prevé el art. 67.1 CPP, lo que no constituye doble imputación; 3) aún en el hipotético caso de haber tenido razón para la procedencia de este recurso, no ha utilizado los medios y recursos que tenía para la protección inmediata de sus derechos y garantías; 4) las sentencias constitucionales 1036/2002-R y 173/2003-R de 29 de agosto y 14 de febrero, respectivamente, aclaran que es viable la ampliación de la imputación formal, cuyo término para la continuidad de la investigación se computa a partir de la última notificación al imputado de donde resulta que no se ha vulnerado ningún derecho; 5) si bien no existe expresa disposición para efectuar la ampliación de la imputación formal por los delitos cuya investigación sea compleja, sin embargo, es necesario advertir la previsión contenida en el art. 32 CPE, aspecto que ha sido establecido en la SC 173/2003-R haciendo viable la ampliación con respecto al término establecido por el art. 133 CPP.