SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1795/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1795/2003 - R

Fecha: 05-Dic-2003

II.3

II.3  Paulina Huanaco de Muñoz, el 10 de octubre de 1997 respondió a la demanda, opuso excepciones y reconvino demandando usucapión decenal (fs. 16-18); demanda reconvencional que fue respondida por Sabina, Mery y Juan Huanaco Laca (fs. 20-21), en la que hicieron conocer expresamente que los propietarios son en total seis hermanos, por lo que la demanda se ampara en el art. 59 CPC. El Juez de la causa, a tiempo de declarar improbadas las excepciones por medio del Auto de 31 de enero de 1998, dejó constancia que conforme a la previsión del art. 59 CPC, los demandantes están facultados para actuar en representación de sus hermanos sin mandato (fs. 24 vta.-25).