Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1826/2003-R
Fecha: 08-Dic-2003
Fragmento 14
La Corte Suprema de Justicia, a fin de darle una aplicación práctica a esta disposición final, emite la Circular 37/01 de 12 de noviembre de 2001; por la que, instruye que todas las causas ingresadas a los despachos judiciales hasta el 30 de mayo de 2001, serán tramitadas y concluidas con el régimen procesal anterior, y que todas las denuncias y querellas en trámite en la Policía Técnica Judicial o la Fiscalía, anteriores a la vigencia plena del nuevo Código de procedimiento penal y que ingresen a los despachos judiciales después del 31 de mayo de 2001, serán tramitadas y concluidas de acuerdo al nuevo sistema procesal.