Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1840/2003-R
Fecha: 12-Dic-2003
II.6
II.6 El 23 de mayo de 2003, Alfredo Opi Condori -ahora recurrente- en representación de Ciprian Opi Ramírez dirigiéndose al Administrador de la Zona Franca Cochabamba, haciendo constar que su vehículo, había arribado a almacenes Zofraco el 16 de mayo de 2003 (fs. 53), conforme disponen los DDSS 25093, 25234, 25148, art. 2 DS 25870 y art. 117 .i) .j) RLGA, solicitó se disponga mediante resolución debidamente fundada, la desaduanización del vehículo, previo pago de derechos mediante la agencia aduanera autorizada para el efecto (fs. 105).