SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1852/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1852/2003- R

Fecha: 12-Dic-2003

III.3

III.3   En cuanto a la actuación del Juez co-recurrido respecto a la resolución de medida cautelar de detención preventiva se ha denunciado que esta autoridad ha omitido cumplir con las normas previstas en los arts. 233 y 236 CPP, dado que no ha fundamentado la resolución por la que ha aplicado la detención preventiva a los recurrentes, empero, esta decisión antes de ser planteado el presente recurso ya había sido anulada por la Sala Penal Tercera que conoció en apelación la resolución que ahora también se impugna, de modo que ya no existe y, por ello, no cabe análisis alguno, por lo mismo, ha desaparecido la lesión que produjo dicha resolución a los derechos y garantías de los recurrentes, incluido Marcial Cadima Mamani, puesto que si bien la Sala referida no conoció el recurso de apelación respecto a este imputado, resolvió la anulación total de la resolución impugnada, por lo que tampoco corresponde analizar la resolución respecto a él, pues se reitera que al anularse la resolución en todas sus partes, se ha regularizado el procedimiento respecto a todos los recurrentes.