Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1871/2003-R
Fecha: 15-Dic-2003
II.5.
Esa determinación fue reiterada por la autoridad recurrida en las audiencias de septiembre -no se distingue la fecha- (fs. 24), y 29 de octubre (fs. 31), efectuadas ante las solicitudes de Maximina Huancas para la cesación de su detención preventiva. Adviértese que en la última audiencia la representada del recurrente presentó el Certificado del Médico Forense de Chimoré emitido en 24 de septiembre (fs. 27), que manifiesta que la paciente requiere de la valoración por la especialidad Gíneco-Obstetricia en un hospital de segundo nivel, al existir duda sobre una amenaza de aborto. El Juez ordenó que la imputada sea examinada por un especialista en el plazo de 72 horas.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- procedente
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Sin embargo
- III.2.
- ello no implica que absolutamente en todos los casos de aprehensión de una madre gestante, deberá disponerse su libertad en atención de su embarazo y precautelando los derechos del nasciturus,
- no puede disponerse la libertad de una mujer embarazada única y exclusivamente en atención a los derechos del ser en gestación
- deberá estarse a lo que sea más favorable a éste.
- tratándose de mujeres embarazadas
- “...
- APRUEBA