SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1871/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1871/2003-R

Fecha: 15-Dic-2003

III.2.

III.2. En el caso de autos el recurrente formula el presente hábeas corpus a nombre de dos personas: Maximina Huancas Chanta y el ser que está gestando, alegando respecto de éste (a) último (a), que no pesa cargo por la comisión de ningún delito en su contra y que no existe orden de detención en su contra, por lo que la detención de su madre implica una lesión a sus derechos a la dignidad, a la salud y a la seguridad.

          Si bien, como se tiene referido en el numeral precedente, el Estado Boliviano, a través de la Constitución y las leyes que componen el ordenamiento jurídico, protegen la vida y los derechos del nasciturus, como se  ha expresado, tales derechos deben ser entendidos en el contexto de la significación del ser no nacido. En efecto, al encontrarse indivisiblemente unido a la madre hasta el momento de su nacimiento, lo que pueda acontecer con aquella tiene una influencia total e innegable en el ser en gestación, dado que su propia vida depende de la de ella.