Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1910/2003 - R
Fecha: 17-Dic-2003
II.7
II.7 En la tramitación del proceso investigativo referido, Neiva Ferrufino García, Fiscal de materia, el 19 de septiembre de 2003 dispuso el inicio de las investigaciones y ordenó la realización de una inspección ocular al lugar (fs. 97 vta.); en cumplimiento a esa determinación, la inspección se realizó a horas 9:20 del 20 del mismo mes y año (fs. 102), oportunidad en la que el investigador de la PTJ, Javier Gonzáles, constató que las alambradas del lugar estaban cortadas y quemados los árboles (fs. 103).