SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1910/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1910/2003 - R

Fecha: 17-Dic-2003

III.2

III.2   El recurrente funda su pretensión, en la necesidad de protección inmediata en la propiedad que alega ser dueño, como emergencia de actos de despojo violento realizado en su contra, habiendo el Tribunal en situaciones similares otorgado la tutela demandada, tal en las SSCC 413/2003-R y 1605/2002-R.

            Las Sentencias pronunciadas por este Tribunal, constituyen precedentes obligatorios y vinculantes que deben ser observados por las autoridades en general, quienes en sus decisiones, se encuentran sujetos a seguir la doctrina constitucional que surge de sus Sentencias, en las que se interpreta y aplica normas de la Constitución Política del Estado, leyes y demás disposiciones del ordenamiento jurídico; sin embargo, esa eficacia vinculante y el carácter de precedente obligatorio de una Sentencia Constitucional, con aplicabilidad a casos futuros por analogía, se da teniendo en cuenta los fundamentos jurídicos del fallo y el conjunto fáctico o hechos concretos que acreditados o no han motivado a otorgar o no la protección demandada.

            El recurrente, mencionó que el razonamiento jurídico de este Tribunal en las SSCC 413/2003-R y 1605/2002-R son aplicables a su caso, lo que debería motivar a otorgársele la protección demandada; pero del tenor de las mencionadas Sentencias, este Tribunal constata que el razonamiento expresado en las mismas y las condiciones fácticas, no son aplicables a la resolución del presente recurso, máxime si además se tiene en cuenta que en los recursos que motivaron esas sentencias, los recurrentes acreditaron y demostraron los hechos ilegales denunciados y no así en el presente caso en el que el recurrente no acreditó que los supuestos actos ilegales habrían sido cometidos por los recurridos, como se manifestó en el punto anterior, lo que hace inviable la protección demandada.