SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0009/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0009/2003

Fecha: 03-Feb-2003

II. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO

El recurrente impugna la Ley por la forma, acusando que en la elaboración de la Ley se ha infringido la norma prevista por el art. 47 de la Constitución, al haberla discutido y aprobado en sesiones del Congreso Extraordinario sin que hubiese estado consignado, su tratamiento, en la agenda de la convocatoria a las sesiones extraordinarias; y por el fondo, acusando la infracción del principio de la irretroactividad de la Ley consagrado por el art. 33 de la Constitución. En consecuencia, corresponde a este Tribunal establecer si las infracciones denunciadas son evidentes.