Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0162/2003-R
Fecha: 17-Feb-2003
II.6.
II.6. Apelado el auto anterior por el abogado del recurrente, fue confirmado por el tribunal de alzada mediante Auto de Vista de 24 de mayo de 2002, aduciendo que la parte apelante no ofreció ningún elemento de prueba nuevo para desvirtuar los fundamentos de la resolución que ordenó su detención preventiva (fs. 182).
- Jorge Carrasco Jahnsen
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Alvaro Melgarejo, Juez Sexto de Instrucción Penal Cautelar, Teodomiro Saavedra, Juez Presidente del Tribunal de Sentencia Segundo de la ciudad de El Alto, Yhilka Hinojosa Fernández, Antonio Santamaría y Franklin Aguilar, Fiscales de Materia,
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso.
- I.2.2.1.
- I.2.2.3.
- improcedente
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- APROBAR