Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0204/2003-R
Fecha: 21-Feb-2003
II.2
II.2 Que, el 22 de febrero de 1999, el recurrente demanda en la vía voluntaria división y partición de bienes contra las nombradas en el punto II.1 (fs. 45-46), la cual fue resuelta por el recurrido Juez Instructor mediante sentencia de 30 de noviembre de 2000 que declaró improbada la demanda (fs. 47-49), fallo que fue confirmado en apelación por Auto de Vista de 5 de enero de 2002 pronunciado por el Juez de Partido co-recurrido (fs. 62), que permaneció inalterable al dictarse el Auto Superior de 1 de abril de 2002 que declaró infundado el recurso de casación que se interpuso en su contra (fs. 26-27).