SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0204/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0204/2003-R

Fecha: 21-Feb-2003

improcedente

Concluida la audiencia, la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito declaró improcedente el recurso con el fundamento siguiente: a) que conforme al art. 517 CPC la ejecución de autos y sentencias con calidad de cosa juzgada no puede suspenderse por ningún recurso aún por el amparo, así también ha sido entendido en la SC 296/2001-R de 9 de abril; menos aún cuando han sido dictados en cumplimiento de las normas del debido proceso y b) que no es evidente la lesión del derecho a la propiedad previsto en el art. 7-i) CPE.