SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0255/2003-R
Fecha: 28-Feb-2003
II.11 La Resolución Administrativa LAPLI-RA-03-00133.02 de 25 de marzo de 2002
II.11 La Resolución Administrativa LAPLI-RA-03-00133.02 de 25 de marzo de 2002 (fs. 151 a 156), declaró probada la acción de contrabando, dispuso el comiso definitivo de los 9 lingotes de oro, su posterior remate e instruyó el inicio de la acción penal por los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado. El Notificador de la Aduana representó, en 23 de julio de 2002 (fs. 157), que no pudo encontrar al procesado ni a su mandataria en los domicilios señalados para notificarles con la Resolución aludida, por lo que a través del Auto Administrativo LAPLI-0615-02 de 26 de julio (fs. 158), el Administrador de la Aduana Interior La Paz dispuso su notificación por edictos, que se publicaron el 14, 15 y 16 de septiembre (fs. 159 a 163)
- Omar Gino Rodríguez Navarro
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio.
- a)
- PROCEDENTE
- II.1
- II.2
- II.4
- II.6
- II.7
- II.8
- II.9
- II.10 Por memorial de 8 de marzo de 2001
- II.11 La Resolución Administrativa LAPLI-RA-03-00133.02 de 25 de marzo de 2002
- : a)
- III.1
- en aquella ocasión, Omar Gino Rodríguez Navarro tenía la oportunidad de demandar la nulidad de la notificación con el Auto Inicial
- III.2
- dan lugar válidamente a su notificación por edictos,
- III.3